Uno de los casos de marca más difundidos en los medios de comunicación fue sobre el registro de la marca «PEZWEON & logo» para distinguir prendas de vestir, calzado y sombrería, especialmente dirigidos a un segmento juvenil de la población, clase 25 de la Clasificación Internacional.
En primera instancia se denegó la marca porque era contraria a la Ley, a la moral, al orden público o a las buenas costumbres. En dicho aspecto, la Dirección de Signos no aclaró el contenido de dichos términos (conocidos como conceptos jurídicos indeterminados) ni el supuesto particular de la denegatoria, generando una resolución arbitraria.
La Sala de Propiedad Intelectual, en Segunda Instancia ,revocó el sentido de la resolución señalando que la marca no era contraria a la buenas costumbres, previo desarrollo de los conceptos indeterminados, en tanto la acepción utilizada por «PEZWEON» (PUES HUEVÓN) es la referencia a una persona en tono bromista o amistoso, utilizado por el segmento juvenil. En dicho sentido, la frase «PEZWEON» sería parte integrante de los usos o buenas costumbres del referido segmento, lo cual no se puede confundir con «mal gusto».
Conoce lo que debes considerar para proteger tu marca con nuestro Checklist gratuito: