Tu marca genera riesgo de confusión con la mía. ¿Qué hago?

El caso de Serendipity

Cuando registras tu marca te sientes protegido. Sin embargo, esta protección tiene sus límites. Uno de ellos está relacionado con los tipos de productos o servicios que distingue tu marca y en algunas ocasiones tendrás que litigar para protegerla.

Así ocurrió con el caso de Vanessa Rodríguez Maza, bloguera de modas (La Vida de Serendipity) que presentó oposición por riesgo de confusión contra la solicitud de registro de la marca Serendipity, para prendas de vestir, de Pamela Gonzáles Villarán. Ambas marcas distinguiendo productos en diferentes clases (25 y 35, respectivamente).

sin-titulo3Fuente: www.lavidadeserendipity.com

Sin embargo, en primera instancia el INDECOPI otorgó la marca y señaló que ambas marcasno tenía relación comercial, por lo cual no se producía riesgo de confusión. Los lectores se preguntarán ¿Cómo no va a existir riesgo de confusión entre dos marcas referidas a moda y vestido?

La Sala de Propiedad Intelectual revocó el sentido de la resolución de primera instancia ydenegó la marca Serendipity para la clase 25, justamente porque producía riesgo de confusión con la marca de la bloguera Vanessa Rodríguez, el cual es un criterio razonable.

Si bien parece un caso que no ameritaría mayores problemas, es recurrente que existan controversias por confusión y que se emitan pronunciamientos distintos por parte de ambas instancias del INDECOPI.

La razón es que el examen del INDECOPI es formal y en ocasiones el análisis legal se deja llevar por la formalidad del clasificador de marcas, lo cual es un error. La normativa y jurisprudencia es clara al señalar que existen otros criterios que deberán tomarse en consideración; sin embargo se requiere de conocimiento y técnica legal para llevarlo a cabo.

En caso tu marca se encuentre en litigio contáctenos a info@registratumarca.

Los saluda,

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